De acuerdo con la Ley Aduanera y su correspondiente reglamento, cuando un corporativo requiere que los servicios de su Apoderado Aduanal sean extensivos a todo el grupo de empresas que engloba, es necesario que se presente una solicitud ante la Administración General de Aduanas (AGA) para la autorización de Apoderado Aduanal Común, tema que nos ocupa en esta ocasión.
Este trámite es propio de sociedades mercantiles con resultados fiscales consolidados, organismos públicos descentralizados y sus organismos subsidiarios, maquiladoras y empresas participantes en programas de exportación autorizados por la Secretaría de Economía (SE); quienes en cualquier momento pueden solicitar dicha autorización para uno o más apoderados aduanales.
La petición se lleva a cabo mediante un escrito libre que debe especificar cuál es la entidad controladora y cuáles las controladas, además de acompañarse de los siguientes documentos:
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